¿Por qué es urgente? Las cinco claves de la Ley integral de las personas mayores

Publicado marzo 26, 2026
Autor Conecta Mayor

El 17 de marzo, el Gobierno retiró el veto presidencial a la Ley Integral de Personas Mayores, que previamente había sido aprobada de forma unánime en la Cámara de Diputadas y Diputados. Ahora el proyecto pasó a revisión en el Tribunal Constitucional, por lo que desde Conecta Mayor UC esperamos su pronta promulgación para así avanzar en materia de envejecimiento y derechos humanos para Chile.

Pero, ¿qué implica esta ley para las personas mayores? Hay cinco puntos clave en esta Ley integral de las personas mayores:

  1. Reconocimiento de derechos
    La ley representa un cambio de paradigma: deja de considerar a las personas mayores solo como sujetos de asistencia o vulnerabilidad, y las reconoce como titulares plenos de derechos humanos. Esto se alinea con estándares internacionales como la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, ratificada por Chile en 2017. Es la primera ley que busca plasmar el espíritu de la Convención al marco normativo nacional.
  2. Respuesta al envejecimiento poblacional
    Chile está viviendo una revolución demográfica. Hoy casi el 20% de la población tiene 60 años o más, y se proyecta que en 2050 será más del 30%. Sin una legislación integral, las políticas públicas seguirán siendo dispersas y fragmentadas, sin capacidad de respuesta estructural ni sostenida. Esta normativa propone una Política Nacional de Envejecimiento que se actualice cada 10 años y en cuyo diseño participa la ciudadanía.
  3. Marco jurídico claro y transversal
    La ley proporciona un marco normativo coherente, que articula deberes del Estado, lineamientos para políticas públicas, mecanismos de protección judicial y principios orientadores para todos los sectores.
  4. Fortalecimiento institucional
    Impulsa el fortalecimiento del Senama (Servicio Nacional del Adulto Mayor), otorgándole un rol más activo en la coordinación, fiscalización y promoción de derechos, mediante direcciones regionales. Esto le permitiría pasar de ser un servicio más bien subsidiario a uno con mayor incidencia y poder operativo.
  5. Participación y acceso a la justicia
    La ley promueve la participación activa de las personas mayores en la vida social, cultural y política, además de garantizar su acceso efectivo a la justicia, un ámbito históricamente postergado. Incorpora por ejemplo, la obligación de que los espectáculos públicos y privados dispongan al menos del cinco por ciento de sus entradas para la venta exclusiva a personas mayores.

    También contempla mecanismos de denuncia, protección frente a abusos y discriminación, y promueve la autonomía y la toma de decisiones informadas. Específicamente crea la figura del abandono social y refuerza el equipo de la Corporación de asistencia judicial con financiar 12 nuevos abogados y 6 nuevos asistentes sociales, enfocados en causas de abandono en personas mayores.

En detalle, la ley integral para personas mayores establece conceptos gerontológicos fundamentales: Destacan la valorización de la persona mayor, su papel en la sociedad y su contribución al desarrollo; el enfoque de Curso de Vida, que reconoce cómo los eventos, experiencias y condiciones que ocurren a lo largo de la vida de una persona influyen en su bienestar y desarrollo; la participación, integración e inclusión intergeneracional plena y efectiva en la sociedad, entre otros.

También reconoce y protege derechos específicos para las personas mayores, como el Derecho a la igualdad y no discriminación arbitraria por razones de edad en la vejez; Derecho a un trato digno y respetuoso y la atención preferente; Derecho a la independencia y a la autonomía; Acceso a la justicia; Derecho al acceso, participación y movilidad personal; Derecho a la participación e integración comunitaria; Derecho a la salud y a brindar consentimiento libre e informado en el ámbito de la salud; Derecho a la educación; Derecho al trabajo y Derecho a la información.

Además se regula el abandono social, se otorga protección laboral a los trabajadores mayores y se reconoce el derecho a la conectividad, pues establece que “el Estado promoverá la inclusión digital de las personas mayores, así como también el desarrollo de las páginas web y otros medios digitales de fácil acceso”.

El impacto de Conecta Mayor UC

Junto a la Comunidad de Organizaciones Solidarias (COS) y la Red Voces Mayores, hemos trabajado activamente para acompañar y fortalecer la discusión del proyecto en el Congreso.

A lo largo del primer y segundo trámite constitucional, entregamos propuestas concretas de indicaciones y participamos en diversas instancias de diálogo, como audiencias en comisiones del Congreso y reuniones con asesores parlamentarios y representantes de SENAMA y MDSyF.

Nuestras indicaciones fueron sobre progresividad y no regresión de derechos, integración intergeneracional y derecho a la conectividad. Las tres fueron aprobadas unánimemente.

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